Equipo de Clase 2 según la Directiva Europea 2014/53/EC
(R&TTE) según la cual los siguientes estados miembros de la EEE
aplican restricciones para ofrecerlo en el mercado o se requiere
de autorización para la puesta en servicio:
•
Francia
•
Italia
•
Noruega (si se utiliza en el área geográfica comprendida en
un radio de 20 km del centro de Ny-Ålesund)
•
La conformidad para países con otras regulaciones nacionales que
no sean cubiertas por la FCC parte 15 o la Directiva europea
2014/53/CE debe ser aprobada antes del uso y operación.
•
En cumplimiento con la ley de radio de Japón y la ley de comercio y
telecomunicaciones de Japón.
•
La concesión del equipo se otorga según la ley de radio de
Japón (
).
•
El dispositivo no debe ser modificado (de lo contrario, el
número de concesión otorgado quedará invalidado).
Información importante de su instrumento 48
es